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Seguro de D&O para Directivos y Altos Cargos​

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Protege tu patrimonio personal.

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Permanece tranquilo/a en la toma de decisiones.

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Cobertura ante posibles errores de gestión.

¿Qué cubre el seguro?

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Responsabilidad civil.

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Inhabilitzación profesional.

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Responsabilidad tributaria.

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Sanciones administrativas.

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Reclamaciones de terceros por un error empresarial o actuación culposa.

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Fianzas civiles y penales y gastos de defensa.

FAQ- Preguntas Frecuentes

En caso de situaciones inesperadas, por negligencia propia o de colaboradores, por acusaciones infundadas, por reclamaciones de terceros, por errores propios, etc., hay que contar con una póliza que pueda asumir la responsabilidad.

En la Ley de Sociedades de Capital RD 1/2010 y  la Ley de Transparencia 26/2003 se establecen determinadas responsabilidades que podrían ser exigidas a los altos directivos/as de las empresas, cuando la ejecución de sus cometidos y obligaciones haya causado daños y/o perjuicios a terceros, a la propia sociedad y/o a los accionistas.

La Ley Orgánica 1/2015, por la cual se modifica la Ley Orgánica 10/1995 del Código Penal, incorpora como objetivos la responsabilidad penal de las personas jurídicas, incluso por incumplimiento de los deberes de supervisión, vigilancia y control de las personas responsables para tal.

Va dirigido a gerentes, directivos/as o ex-directivos/as, administradores/as y consejeros/as que quieran garantizar su responsabilidad personal como directivo/a.

Lo contrata la empresa para cubrir las reclamaciones a todos los/las altos cargos y directivos/as (modalidad corporativa), el administrador/a o directivo/a (modalidad individual) para dar cobertura al trabajo que pueda hacer como directivo/as en diferentes empresas.

La lista puede ser muy amplia, pero, principalmente, son:

    • Los bancos.
    • Los proveedores.
    • Hacienda.
    • La Seguridad Social.
    • Los accionistas, sean mayoritarios o minoritarios.
    • Los empleados/as o los candidatos/as a un puesto de trabajo.
    • Clientes/as.
    • Competidores.
    • Cualquier tercero que pueda demostrar que ha sufrido un perjuicio por nuestra inadecuada gestión.
    • Reclamaciones, hechos o litigios conocidos por el asegurado/a con anterioridad a efectos de la póliza.
    • Reclamaciones por actos dolosos.
    • Reclamaciones por daños personales o materiales.
    • Multas y sanciones que no sean administrativas.
    • Reclamaciones derivadas de la actividad profesional.
    • Reclamaciones relacionadas con blanqueo de capitales.
    • Reclamaciones por carencia de licencia o autorización administrativa.
    • Reclamaciones entabladas por tribunales de la jurisdicción de los Estados Unidos.

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Seguros mediados por CALZADO ARIET Y ASOCIADOS CORREDURIA DE SEGUROS, SL, vinculado a La Mutualidad de los Ingenieros, M.P.S. Registro DGSFP J-255. Concertado seguro RCPy  garantías financieras -Art. 157 de la Ley 3/2020, de 4 de febrero. RM de Barcelona tomo 30416, folio 10, hoja B80351. El corredor recomienda estos productos sobre la base del análisis objetivo, prestando el asesoramiento personalizado al cliente que lo solicite para la contratación del seguro ofertado, de acuerdo con la Ley de Distribución de seguros y reaseguros privados.

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