FAQ - Preguntas Frecuentes
Consiste en el abono del capital contratado a las personas beneficiarias en caso de fallecimiento de la persona asegurada.
Complementariamente, y si se ha contratado la cobertura, en caso de invalidez permanente total o de invalidez permanente absoluta de la persona asegurada, se le anticipará el capital subscrito.
Adicionalmente, en caso de cáncer de mama se abonará el 10% del importe contratado en la cobertura de defunción.
La cuota de un seguro de vida se establece en función de diversas variables. Las más importantes son las siguientes:
- Capital que se quiere asegurar.
- Edad del asegurado/a.
- Profesión del asegurado/a.
- Estado de salud asegurado/a.
- Patologías previas del asegurado/a.
La cuota de un seguro de vida es baja en comparación con el capital que asegura en caso de muerte o invalidez. Cuanto más joven seas, más reducida es la cuota para un mismo importe asegurado. La cuota la puedes pagar anual, semestral, trimestral o mensualmente en función de tus preferencias o necesidades.
En la siguiente tabla se indica la cuota mensual para asegurar 100.000 euros en caso de fallecimiento o invalidez permanente absoluta, suponiendo diferentes edades de la persona asegurada:
- 25 años: 7,51 €
- 30 años: 8,00 €
- 35 años: 10,53 €
- 40 años: 17,04 €
- 45 años: 29,63 €
- 50 años: 50,79 €
- 55 años: 83,29 €
Cuotas aplicables con carácter general a las nuevas suscripciones o ampliaciones de importes asegurados; en ambos casos se pueden tener que establecer sobre cuotas si se dan circunstancias que agraven el riesgo. El importe de la primera cuota mensual de la anualidad se verá incrementado en 0,32 € a 0,90 € (según la edad) en concepto de los recargos a favor del Consorcio de Compensación por riesgos extraordinarios y / o actividad liquidadora. Si quieres conocer exactamente la cuota para tu edad, o para otro importe asegurado, contacta con nosotros.
Es posible contratar el seguro de vida de La Mutua de los Ingenieros hasta los 66 años.
La cobertura por fallecimiento se prolonga hasta que la persona asegurada cumple 80 años. La cobertura por invalidez permanente (total o absoluta) y de cáncer de mama llega hasta que la persona asegurada cumple 67 años.
Para establecer el importe del capital a asegurar a tener en cuenta variables como:
- Deudas pendientes de la persona asegurada y de las personas del entorno familiar conviviente.
- Duelo económico: la ausencia de recursos económicos de un miembro de la familia provoca una incertidumbre con relación al estatus de la familia, tanto a corto plazo, como medio y largo plazo, sobre si será posible o no mantener el nivel de vida y los planes vitales con relación a aspectos específicos del futuro que comportan gastos o inversiones monetarias. La valoración cuantitativa del duelo económico considera el vacío económico cubrir debido a la falta de los ingresos de la persona inválida o muerta. Para evaluar el duelo económico se deben considerar, entre otros, aspectos como la profesión de la persona asegurada, sus ingresos, los ingresos de otros miembros de la unidad familiar, el tiempo que necesitará la familia para reconstruirse económicamente, etc.
- El importe a pagar en concepto del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en caso de muerte de la persona asegurada y, en caso de existir patrimonio inmobiliario, el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía municipal).
- En caso de que la persona asegurada sea empresario/a o profesional con trabajadores contratados, es importante considerar el importe necesario para dar continuidad al negocio, o bien para liquidarlo.
En La Mutua de los Ingenieros podemos asesorarte para establecer el capital a asegurar que mejor se ajuste a tus necesidades, en función de los puntos anteriores.
La designación de la persona o personas beneficiarias se puede realizar en el momento de suscribir el seguro (figura en la póliza o título de suscripción), en una posterior designación de beneficiarios comunicada a La Mutua o en el testamento. Se puede hacer una designación genérica o particularizada, se recomienda identificar los beneficiarios con nombre, apellidos, DNI y relación familiar, si lo hay. Se recomienda revisar la designación de beneficiarios periódicamente y hacer los cambios pertinentes (sobre todo en caso de divorcio, nacimiento de nuevos hijos u otros cambios en la composición familiar).
Es importante disponer de un seguro de vida que cubra la muerte y la invalidez, sin embargo, añadir prestaciones que lo cumplimenten puede marcar la diferencia para el futuro.
En La Mutua de los Ingenieros puedes incluir prestaciones adicionales al seguro de vida, como las siguientes:
- capital en caso de muerte o invalidez permanente y absoluta, por causa accidental.
- renta mensual en caso de invalidez permanente (total o absoluta), hasta cumplir los 67 años
- capital en caso de ser diagnosticado de una enfermedad grave.
- ayuda económica en caso de ser intervenido quirúrgicamente y/o hospitalizado.
- Suicidio durante el primer año de cobertura.
- Muerte o invalidez causada por una causa preexistente.
- Muerte o invalidez causada por la participación de la persona asegurada en actos delictivos.
La relación completa de las exclusiones está establecida en el artículo 8 del Reglamento de la prestación.
- Envíanos cumplimentado el formulario que encontrarás en el inicio de la página.
- Hablaremos juntos sobre las condiciones del seguro que mejor se adapte a tus necesidades.
- Formalizarás tu interés suscribiendo la solicitud de alta del seguro.
- Contactaremos telefónicamente con la persona asegurada que hayas designado (puedes ser tú mismo/a) para responder un cuestionario (de salud, de profesión, etc.) y, en su caso, concertaremos una visita a un centro médico donde, sin coste adicional, llevarán a cabo una serie de pruebas médicas a la persona asegurada, o bien a solicitaremos información complementaria o adicional para valorar mejor cualquier situación declarada.
- Si ambas partes confirmamos el interés mutuo en finalizar la contratación, emitiremos tu título de suscripción, que será aquel documento que te acreditará el alta en el seguro solicitado.
Si tienes ingresos por actividades económicas las primas pueden reducir la base imponible del IRPF por un importe máximo anual del 30% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas, o bien de 8.000 € si este importe es inferior. Estos límites son conjuntos para aportaciones a mutualidades de previsión social, planes de pensiones, PPA, PPSE y seguros privados de dependencia.
En caso de que hagas servir La Mutua de los Ingenieros como alternativa al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social, las primas del seguro de vida suscrito a través de la Mutua de los Ingenieros, son consideradas gasto deducible para calcular el rendimiento neto de las actividades económicas en estimación directa. En este caso, el límite de deducción es la cuota máxima por contingencias comunes que esté establecida, en cada ejercicio económico, en el RETA.
El tratamiento fiscal es diferente según el colectivo al que pertenece la persona tomadora del seguro y la consideración que este colectivo dé a La Mutua:
- Personas trabajadoras por cuenta ajena, para las que La Mutua es una entidad de ahorro y previsión individual y que no se han reducido la cuota del seguro en el IRPF: los beneficiarios tributan en el impuesto sobre sucesiones y donaciones.
- Profesionales no integrados en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA) que utilizan La Mutua como alternativa al RETA y que han reducido la cuota del seguro como gasto de su actividad: las personas beneficiarias tributan en el IRPF como rendimientos del trabajo.
- Profesionales o empresarios integrados en el RETA que usan La Mutua como complementaria al RETA y que han reducido la cuota del seguro en la base imponible del IRPF como aportación a mutualidad de previsión social: las personas beneficiarias tributan en el IRPF como rendimientos del trabajo.